La ley 2/2022 del 8 de abril de Residuos plantea importantes cambios en un amplio abanico de temas, impulsados por la presión de las Directivas europeas y, en concreto, sobre una serie de puntos que afectan directamente a los más de 8.400 municipios españoles.
La ley plantea grandes retos para el mundo local, con aspectos que llevan años de retraso, como la aplicación del impuesto sobre vertido e incineración de residuos, o la recogida de los residuos orgánicos. Nuevas obligaciones, derivadas de los cambios acelerados en el marco europeo, que sólo han hecho más que empezar.
«La ley plantea grandes retos para el mundo local, con aspectos que llevan años de retraso. Nuevas obligaciones que sólo han hecho más que empezar.»
El aspecto más importante, por su impacto económico, es el del canon de vertido e incineración. Es un tema que probablemente sea “doloroso” para los electos locales, pero sin este impuesto en España difícilmente se evolucionará hacia la economía circular y hacia un nivel óptimo de recogida selectiva, con vertederos que tienen un coste de entrada realmente bajos, incluso de 20€/tn. Es un mecanismo necesario, pero el modelo planteado es complejo dado que plantea 19 tipos de impuesto. Lo importante es que los fondos recaudados irán destinados a infraestructuras, y a que se establezcan retornos económicos para sufragar parte del coste de la recogida y tratamiento de los residuos orgánicos que tendrán los ayuntamientos.
Otro aspecto clave, por su alcance, es la obligación de la recogida separada de los residuos orgánicos, esencial para llegar a los objetivos de la UE, que representan el 35% del peso de los residuos sólidos urbanos de una familia media. Ya hay una fecha clara; a partir de julio de este año será obligatorio su recogida separada para los municipios que superen los 5.000 habitantes, y, a partir del 2024, para los que no alcancen esta cifra. Un fuerte impacto de organización y costes para aquellos contratos en curso, dado que requiere un gran esfuerzo en el dimensionamiento para llevar a cabo la nueva recogida del “quinto contenedor”, además de una buena campaña de comunicación que conciencie a la ciudadana y a los “grandes productores”.
Además de todo esto, se añade que antes del 2025 todos los municipios tendrán que prestar el servicio de recogida separada de residuos textiles, aceites, residuos peligrosos domésticos y voluminosos. Muchos cambios, pero con un estudio minucioso y el respaldo y acompañamiento de una compañía de servicios urbanos solvente, con capacidad para implementar todas estas medidas, los municipios podrán hacer frente a ello sin problemas.
Asimismo, la ley establece la necesidad de determinar la calidad de los materiales recuperados, estableciendo mínimos de “impropios” tolerados (empezando por la fracción orgánica con un máximo del 20% para el 2023 y un 15% para el 2027). También la obligación de pasar por la planta de selección de toda la fracción resto (contenedor gris) antes de la disposición final.
Otro tema clave de esta nueva legislación por todo lo que ello conlleva es cumplir, por fin, con la obligatoriedad de disponer de una tasa de residuos diferenciada, que permita aplicar mecanismo de pago por generación/incentivos y no deficitaria. Esperemos que dejemos de ver esas tasas de 60/70€ al año que complican la prestación de unos servicios adecuados. Habrá que notificar y justificar cada año la tasa a las autoridades regionales.
Es necesario la redacción de Planes Locales de Prevención y Gestión de Residuos que permitan que cada municipio haga su propio análisis detallado para ver cómo optimizar la recogida selectiva de residuos a nivel local, planteando modelos como el “puerta a puerta”, “bolseo” o la implementación de los contenedores inteligentes. Todo ello para gestionar eficazmente el gran reto de los objetivos de la UE (2020 50% RSU reciclados, 2025 55%, 2030 60% y 2035 65% y máximo 10% a vertedero), que no solo son obligatorios para todos los municipios, si no que el incumplimiento traerá consigo sanciones por parte de la Unión Europea.
La ley impulsa a los entes locales a realizar acciones de prevención en la generación de residuos como fomentar el consumo de agua en fuentes, aplicar mecanismos potentes de compra pública verde, implementar acciones que nos preparen para la reutilización, luchar contra el derroche alimentario, etc.
Un aspecto de especial interés para el mundo local es el apartado sobre los nuevos “scraps” que aparecerán: residuos textiles y muebles, entre otros. Además, se aclara que los productores /distribuidores de los residuos “asumirán los costes de la recogida selectiva, transporte, tratamiento y recuperación de materiales de la fracción resto, de la limpieza viaria, zonas verdes, áreas recreativas y playas” y deberán compensar a los entes locales. Este tema será muy delicado en el desarrollo de la ley.
Asimismo, me gustaría destacar la aparición de la referencia a los residuos de amianto, prohibido su uso en España desde el año 2002. En este contexto, los ayuntamientos tendrán un año, desde la entrada en vigor de la ley, para hacer un censo de los edificios públicos con amianto y su plan de retirada.
«Tenemos frente a nosotros grandes cambios, fuertes inversiones, incremento de costes, actualización de tasas, para lo que es fundamental el diálogo y el sentido común para poder desarrollar con éxito la nueva ley y hacer frente a los retos que plantea.»
Sin duda tenemos frente a nosotros grandes cambios, fuertes inversiones, incremento de costes, actualización de tasas, para lo que es fundamental el diálogo y el sentido común para poder desarrollar con éxito la nueva ley y hacer frente a los retos que plantea. Al final, el objetivo es claro y muy necesario: contribuir a mejorar nuestra sociedad, haciéndola más circular y sostenible.
Publicado por Josep Maria Tost, Asesor de Servicios Urbanos en ACCIONA, en el número 237 de RETEMA.